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07-09-2023 News

COVID

Enorme victoria: El Tribunal Supremo de Nueva York readmite a 10 profesores despedidos por negarse a recibir la vacuna COVID

Diez profesores de Nueva York despedidos por negarse a recibir la vacuna COVID-19 por motivos religiosos deben ser readmitidos con el pago de salarios atrasados, prestaciones, antigüedad y honorarios de abogados con efecto inmediato, según dictaminó el miércoles por la tarde un juez del Tribunal Supremo del Estado de Nueva York, en lo que el abogado de los demandantes calificó de victoria “que sienta precedente”.

NYC teacher victory covid vaccine feature

Diez profesores de Nueva York que fueron despedidos por negarse a recibir la vacuna COVID-19 por motivos religiosos deben ser readmitidos en sus puestos con el pago de salarios atrasados, prestaciones, antigüedad y honorarios de abogados con efecto inmediato, según dictaminó el miércoles por la tarde un juez del Tribunal Supremo del Estado de Nueva York.

A casi 7.000 trabajadores del Departamento de Educación de la ciudad de Nueva York (DOE) que solicitaron una adaptación religiosa al mandato de vacunación contra la COVID-19 se les denegó basándose en normas que un tribunal federal declaró posteriormente inconstitucionales.

Algunos de los trabajadores, junto con’ Teachers for Choice’, demandaron a la ciudad en febrero, en una demanda patrocinada en parte por ‘Children’s Health Defense’ (CHD) y ‘CHD New York’.

La demanda solicitaba reparación para 16 demandantes. También solicitó la certificación de demanda colectiva para todos los trabajadores del DOE a los que se denegaron exenciones religiosas.

El juez Ralph Porzio denegó la petición de los demandantes de que se les reconociera la condición de grupo, al considerar que los parámetros presentados por los demandantes para definir el grupo eran excesivamente amplios.

Sin embargo, en su sentencia de 22 páginas, el juez Porzio afirmó que no existía “ninguna base racional para la denegación aparentemente generalizada de cualquier exención religiosa a todos los profesores de las aulas” proporcionada por los demandados.

Consideró que la falta de una explicación oportuna a cada profesor hacía que las denegaciones fueran “arbitrarias y caprichosas”, y que la afirmación de la ciudad de que atender las solicitudes de exención de los profesores supondría una carga excesiva para la ciudad también era “arbitraria, caprichosa e irrazonable”.

“Este tribunal no ve ninguna base racional para no permitir la presencia de profesores no vacunados entre una población admitida de alumnos principalmente no vacunados”, escribió.

Sobre estas bases, concedió la exención a los 10 demandantes no vacunados que completaron todos los pasos del proceso administrativo para solicitar la exención y recurrieron la decisión de la ciudad y del DOE.

El tribunal denegó la exención a seis demandantes que no completaron el proceso administrativo o cuyas exenciones fueron aprobadas.

‘Momento decisivo en la lucha de los profesores’

Al comentar la decisión del juez, Sujata Gibson, abogada de los demandantes, declaró a ‘The Defender’:

“Llevamos luchando por esto desde agosto de 2021 por estas 10 personas en concreto. Y ganamos y ganamos a lo grande para ellos. Fueron readmitidos con salarios atrasados, sin interrupción del servicio, y honorarios de abogados. Eso es enorme.

“La sentencia del juez de ayer, aunque no es todo lo que queríamos, es una victoria que sienta precedente, y un momento decisivo en la lucha de los profesores”.

Miles de trabajadores fueron sometidos a los mismos procesos que el juez declaró “arbitrarios y caprichosos”, y podrían demandar individualmente basándose en ese precedente.

Gibson también dijo que la sentencia del miércoles no cerraba la puerta a una posible demanda colectiva:

“La sentencia del tribunal sobre la certificación del grupo sigue dejando la puerta abierta a una futura reparación para miles de profesores afectados negativamente por el requisito de la vacuna. Tenemos la intención de presentar una moción de reconsideración sobre una base más estricta.

“En lugar de malgastar recursos públicos atascando los tribunales con tantas demandas individuales, sólo tiene sentido emprender acciones legales que pongan remedio a estas políticas discriminatorias para todos los trabajadores afectados.”

Michael Kane, uno de los profesores a los que el tribunal ordenó reincorporarse a su puesto de trabajo, dijo que se trataba de una gran victoria para los demandantes y para CHD, pero que le decepcionaba que no se les certificara como colectivo.

Kane dijo a ‘The Defender’:

“Me alegro por los 10 que hemos sido readmitidos, pero me entristece profundamente que este veredicto no repercuta en los miles de personas que fueron discriminadas y tratadas como herejes. Así que es definitivamente una mezcla de bendiciones y una mezcla de emociones en este momento para mí”.

La presidenta de CHD, Mary Holland, dijo a ‘The Defender’ que estaba “encantada de que los 10 profesores fueran readmitidos con sus salarios atrasados”, pero:

“Estoy decepcionada por la decisión del juez Porzio de no certificar a los 7.000 profesores de Nueva York como colectivo. A todos estos profesores se les hizo participar en un proceso de exención religiosa manifiestamente falso.

“El Tribunal de Apelación del 2º Circuito de EE.UU. ya ha opinado que el proceso era inconstitucional. Las razones que justifican la existencia de un grupo de demandantes -numerosidad, homogeneidad, tipicidad y adecuación- estaban presentes en este caso. Este no es el final de la historia”.

El juez Porzio dictó su sentencia la tarde anterior al primer día del curso escolar 2024 para los alumnos de las escuelas públicas de Nueva York. Eso debería significar que hoy los 10 profesores pueden volver a sus aulas por primera vez desde octubre de 2021, cuando inicialmente fueron puestos en excedencia sin sueldo.

Pero cuando Gibson se puso en contacto con el distrito escolar para preguntar dónde debían presentarse a trabajar los profesores, el distrito le dijo que ninguno de ellos debía ir a trabajar.

Eso podría indicar que la ciudad y el DOE están planeando una apelación, dijo.

Las denegaciones “arbitrarias y caprichosas”

Más de 100 espectadores que eran miembros de la clase potencial asistieron a la audiencia del miércoles. A diferencia de audiencias anteriores de este caso, en las que el juez Porzio había permitido la entrada a la sala a los partidarios de los demandantes, ayer los envió a una sala aparte para que vieran el proceso por circuito cerrado de televisión, dijo Kane a ‘The Defender’.

Sólo se permitió entrar en la sala a los demandantes y a los abogados.

Esos educadores llevaban lidiando con las consecuencias del mandato desde agosto de 2021, cuando el alcalde de la ciudad de Nueva York, Bill De Blasio, anunció un mandato de vacuna COVID-19 para los empleados del DOE para el próximo curso escolar.

La ciudad indicó inicialmente que no consideraría las exenciones religiosas, a pesar de su obligación legal de hacerlo. Después de que un tribunal local dictara una orden de restricción temporal contra el mandato, la ciudad accedió a adoptar una política de adaptación.

Sin embargo, la política de adaptación discriminaba a las personas por sus creencias religiosas, según Gibson, porque era explícito que las solicitudes de adaptación religiosa debían denegarse a cualquiera que no fuera miembro de una organización religiosa “reconocida” y “establecida” cuyo líder estuviera en contra de la vacunación, como los Científicos Cristianos.

Los empleados del DOE debían presentar solicitudes de adaptaciones razonables a través de un portal en línea antes del 20 de septiembre de 2021, y se les ofrecía un día para apelar las solicitudes denegadas. Aquellos que no solicitaron la adaptación, o a los que se les denegó, pasaron a la situación de excedencia sin sueldo el 28 de septiembre de 2021.

A continuación, el DOE se basó en esa normativa para denegar exenciones religiosas a cristianos, budistas, judíos y otros, afirmando que, aunque creía que sus objeciones religiosas eran sinceras, las creencias no cumplían los criterios para la exención.

El DOE denegó las exenciones a todos menos a 162 de los 7.000 solicitantes, notificándoles su denegación con un mismo correo electrónico autogenerado.

En diciembre de 2021, el 2º Circuito ya había encontrado – en un caso federal separado sobre el asunto, Kane v. de Blasio, presentado por muchos de los mismos peticionarios en la corte federal el 21 de septiembre de 2021 – que la acomodación religiosa tal como estaba escrita era “descaradamente inconstitucional.”

En lugar de modificar la normativa, la ciudad convocó un “panel de toda la ciudad” formado por tres miembros del departamento jurídico de la ciudad, el Departamento de Servicios Administrativos de toda la ciudad y la Comisión de Derechos Humanos, respectivamente. Prometió que el grupo estudiaría “de nuevo” las solicitudes de exención y reincorporaría a los empleados despedidos injustamente con salarios atrasados.

Pero ese grupo se negó siquiera a revisar más de 6.000 de las peticiones, y de las 600 que revisó, casi universalmente mantuvo la decisión original e informó a los trabajadores de que sus peticiones habían sido denegadas con el mismo correo electrónico autogenerado en el que se les informaba de que su petición “no cumplía los criterios” para la adaptación.

A los 10 peticionarios a los que se concedió la exención el miércoles se les proporcionó finalmente una justificación de la decisión del grupo de expertos. Aunque los casos debían considerarse individualmente, el razonamiento de las denegaciones, resumido por el juez Porzio en la sentencia, era notablemente coincidente.

En algunos casos, el tribunal consideró que, aunque sus creencias religiosas eran sinceras, no constituían base suficiente para la exención. En otros casos, consideraron que las creencias religiosas constituían una base suficiente para la adaptación, pero que acomodar a los profesores supondría una “carga excesiva” para la ciudad.

Mientras la demanda Kane contra de Blasio, interpuesta por profesores neoyorquinos no vacunados que impugnaban su despido por motivos constitucionales, seguía pendiente ante el 2º Circuito, se autorizó a los demandantes a presentar sus reclamaciones legales y solicitar la certificación como grupo en un tribunal del Estado de Nueva York después de que el tribunal de distrito declinara ejercer su jurisdicción sobre sus reclamaciones estatales.

Así que algunos de esos mismos profesores presentaron en febrero esta demanda, DiCapua contra Ayuntamiento de Nueva York,contra la ciudad – esta vez alegando que los demandados participaron en un patrón continuo de conducta discriminatoria contra los trabajadores del DOE en violación de la Constitución del Estado de Nueva York,La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York, la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York y el Artículo 78 de la Ley y el Reglamento de Práctica Civil de Nueva York.

En abril, los demandantes presentaron una petición de certificación de clase, alegando que todos los miembros de la clase se veían afectados por los mismos errores de derecho y que “las denegaciones autogeneradas, vagas y concluyentes” de exenciones religiosas eran todas “arbitrarias y caprichosas”.

En julio, el juez Porzio se pronunció en contra de la moción municipal de desestimación en una vista a la que asistieron más de 150 personas en apoyo de los demandantes.

El 14 de agosto escuchó los argumentos de ambas partes, en una vista a la que asistieron más de 300 personas. El juez anunció que se pronunciaría el 6 de septiembre sobre la certificación de la demanda colectiva y la cuestión del artículo 78.

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